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LOPD

La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal ( LOPD ) regula una serie de obligaciones para las empresas, los profesionales autónomos y las administraciones públicas que sean responsables de datos de carácter personal. Su normativa afecta a todas las entidades, empresas, profesionales o entes públicos que con o sin ánimo de lucro traten datos de carácter personal.

Les ofrecemos un servicio de adaptación presencial y personalizado a la Ley Orgánica de Protección de Datos y al RD 1720/2007 de 21 de diciembre, destinado a empresas y profesionales en cuanto al tratamiento de datos de carácter personal. Con nuestros servicios de protección de datos se adecuarán a la LOPD de una forma sencilla, transparente y eficaz, evitando de esta forma posibles multas, del mismo modo que mejorará su imagen corporativa al respetar los derechos de sus clientes en el tratamiento de sus datos personales.

Después de leer esta información usted se preguntará quiénes están obligados a aplicar la LOPD?

En la práctica esta obligación se extiende a:

- Empresas prestadoras de servicios que tengan ficheros de datos de clientes, proveedores, personal asalariado, etc. Estos datos pueden encontrarse tanto en soporte automatizado, como en soporte papel en forma de facturas, albaranes, fichas,etc.

- Sector de los profesionales liberales: Estos pueden ejercer su actividad como persona física o jurídica (arquitectos, economistas, graduados sociales, asesores fiscales, abogados, etc). El ejercicio de estas profesiones implica directamente la utilización diaria de datos de carácter personal y en consecuencia están obligados a respetar la LOPD y a adecuar su actividad a la misma.

- Entidades públicas, pertenecientes a la Administración y Organismos Públicos.

CÓMO REALIZAMOS NUESTRO TRABAJO DE ADECUACIÓN DE SU ACTIVIDAD PROFESIONAL A LA LOPD?

1. Análisis y diagnóstico presencial de los ficheros de los que es titular el responsable. Se identificarán los ficheros, su estructura, el nivel de seguridad aplicable. Se recabarán a través de unos cuestionarios con la finalidad de poder notificar a la Agencia Española de Protección de Datos los ficheros. Se analizará la situación de la empresa, clasificando sus ficheros en función de su contenido y de su finalidad. Nuestros profesionales cumplimentarán los formularios necesarios para realizar las solicitudes de inscripción de los ficheros. La Agencia de Protección de Datos, recibirá esta información, procediéndose a registrar los ficheros notificados. La situación de su empresa ante la Agencia, se encontrará legalizada.

2. Una vez se han notificado y registrado sus ficheros, nuestros profesionales, elaborarán la normativa de Seguridad que deberá cumplir en el desarrollo de su actividad laboral.

- Redacción del Documento de Seguridad: Se redactarán las medidas de seguridad de índole organizativa y técnica que deberá cumplir su empresa. En este Documento se determinarán quienes son los trabajadores que son usuarios de los ficheros y que en consecuencia tienen acceso a los datos de carácter personal. Con este tipo de redactado se evita cualquier tipo de mal uso de los datos por parte de los trabajadores, y en su caso si se procediera el mismo, incurrirán en responsabilidades, debiendo responder del perjuicio causado. Se elaborarán las circulares, textos legales y cláusulas de deber de secreto.

- Nuestros profesionales realizarán los contratos de acceso a datos por cuenta de terceros. En la práctica diaria de la actividad profesional de muchas empresas, se contrata y subcontrata con otras empresas la prestación de servicios profesionales, servicios que suponen un acceso a los datos de carácter personal almacenados en nuestros ficheros para que sean tratados, almacenados y/o conocidos por estos profesionales. Un ejemplo claro es el caso de las Gestorías Fiscales y Laborales, empresas de Marketing, Administradores de Fincas, Servicios de Mantenimiento y Soporte Informático. En estos casos en los que terceras empresas para prestar el servicio acceden a los datos de nuestra empresa, se deberá redactar un contrato de acceso de datos de terceros en el que se establecerá, que el encargado del tratamiento únicamente podrá utilizar ésos datos para la finalidad que se establezca en el contrato, estableciendo el tipo de responsabilidad en el supuesto de que utilice los datos para una finalidad distinta a la acordada.

- Redacción de las cláusulas legales de información en las que se informará a los interesados a los que se le soliciten los datos personales con la finalidad de que sean informados expresamente de la finalidad del tratamiento de sus datos, de esta forma prestará un consentimiento informado de modo expreso, preciso e inequívoco, tal y como establece la LOPD.

3. Entrega del Documento de Seguridad y de los textos legales, con explicación presencial al cliente.